CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL:
Un código,
es una combinación de signos
que tiene un determinado valor dentro de un sistema
establecido. En el derecho,
se conoce como código al conjunto de normas que regulan una materia
determinada.
Un código de ética, por lo tanto, fija
normas que regulan los comportamientos de las personas dentro
de una empresa u organización.
Aunque la ética no es coactiva (no impone castigos legales), el código de ética
supone una normativa interna de cumplimiento obligatorio.
El Código de Ética es el conjunto de principios
y normas fundamentales que guían el
deber y normalidad que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio
de su profesión y en actos conexos con la misma.
No divulgar información confidencial, no discriminar a los
clientes o los compañeros de trabajo por motivos de raza, nacionalidad o
religión y no aceptar sobornos, por ejemplo, son algunos de los postulados que
suelen estar incluidos en los códigos de ética.
Las normas mencionadas en los códigos de ética pueden estar
vinculadas con las normales legales (por ejemplo, discriminar es un delito
penado por la ley). El principal objetivo de estos códigos es mantener
una línea de comportamiento uniforme entre todos los integrantes de
una empresa. Al incluir instrucciones por escrito, no resulta necesario que un
directivo explique a cada momento cuáles son las obligaciones que tiene un
empleado.
Por otra parte, aquellas personas que redactan el código de
ética se encuentran en una posición jerárquica sobre el resto,
ya que están en condiciones de estipular cuáles son las conductas correctas
desde un punto de vista moral.
EN UN CÓDIGO DE ÉTICA SON NORMAS O PRINCIPIOS FIJADAS COMO POSTULADOS EN LOS MISMOS, ESTÁS
SON LAS PRINCIPALES:
Ejemplo de un Código de Ética de un
TSU
Postulado
Primero: Virtudes.
Actuar
con honor, responsabilidad, honestidad, integridad y veracidad que deben servir
de base a un ejercicio cabal de profesión.
Postulado
Segundo: Conocimientos.
Cuidar
el mantenimiento y mejora de sus conocimientos técnicos, mereciendo así la
confianza que el ejercicio profesional concede la sociedad.
Postulado
Tercero: Secreto.
No
revelar datos reservados de índole técnicos, financiero o profesionales, así
como no divulgar sin la debida autorización procedimientos, procesos o característicos
de equipos protegidos por patentes o contratos que establezcan las obligaciones
de guarda profesional. Así como no utilizar programas, discos, cintas u otros
medios de información, que no sean de dominio público, sin la debida
autorización de sus autores y/o propietarios, y no utilizar sin autorización
códigos de acceso de otras personas, en provecho propio.
Postulado Cuarto: Remuneración.
Ofrecer, solicitar o prestar servicios profesionales por remuneración
superiores o inferiores a las establecidas como mínimas o máximas por el
Colegio Adscrito..
ASIGNACION: DISEÑAR UN CODIGO DE ETICA PROFESIONAL, DE ACUERDO A LA CARRERA, QUE DESCRIBA SEIS (06) POSTULADOS, TOMANDO EN CUENTA ARTICULOS DE LA LEY DEL EJERCICIO DEL PROFESIONAL, ASI COMO TAMBIEN VALORES,PRINCIPIOS,VIRTUDES Y DEBERES ETICOS PROFESIONALES.
ASIGNACION: DISEÑAR UN CODIGO DE ETICA PROFESIONAL, DE ACUERDO A LA CARRERA, QUE DESCRIBA SEIS (06) POSTULADOS, TOMANDO EN CUENTA ARTICULOS DE LA LEY DEL EJERCICIO DEL PROFESIONAL, ASI COMO TAMBIEN VALORES,PRINCIPIOS,VIRTUDES Y DEBERES ETICOS PROFESIONALES.